Deducción del IRPF por obras de eficiencia energética

Calcula cuánto puedes deducir en tu declaración de la Renta por las obras de mejora energética de tu vivienda: el 20%, el 40% o el 60% según el tipo de actuación, con la base máxima de cada tramo y los requisitos para aplicarla.

1. Tipo de actuación

Importe ya descontada cualquier subvención o ayuda pública recibida.

Introduce el gasto en euros, neto de subvenciones.

Deducción estimada en la cuota del IRPF

3000,00 €

Porcentaje aplicable
40%
Base sobre la que se aplica
7500,00 €
Base máxima del tramo
7500 €
Plazo de vigencia
Hasta el 31 de diciembre de 2026

Tu gasto (8000 €) supera la base máxima del tramo (7500 €): la deducción se calcula sobre ese tope.

Reducción del consumo de energía primaria no renovable

Las obras deben reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o alcanzar una calificación energética A o B.

Estimación orientativa, no asesoría fiscal. La deducción definitiva exige el certificado de eficiencia energética registrado y la determina la AEAT.

Última verificación:

Cómo funciona esta calculadora

Los resultados se calculan localmente en tu navegador a partir de la fórmula documentada (deducción = base aplicada × porcentaje del tramo); no se envía ningún dato a un servidor. Las cuantías y plazos proceden de la Ley 35/2006 del IRPF (Disposición Adicional 50ª) y de la AEAT, verificados el 15 de junio de 2026.

Las tres deducciones por eficiencia energética en 2026

La Ley 35/2006 del IRPF (Disposición Adicional Quincuagésima) regula tres deducciones por obras que mejoran la eficiencia energética de la vivienda. Se aplican sobre las cantidades satisfechas por las obras, netas de cualquier subvención recibida, y cada tramo tiene su propia base máxima y su requisito de mejora.

Deducción del 20% — reducción de la demanda de calefacción y refrigeración

Por obras que reduzcan al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda (habitual o arrendada / en expectativa de alquiler). Base máxima: 5.000 € por vivienda. Plazo: obras satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026.

Deducción del 40% — reducción del consumo de energía primaria no renovable

Por obras que reduzcan al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o que alcancen una calificación energética A o B. Base máxima: 7.500 € al año. Plazo: hasta el 31 de diciembre de 2026.

Deducción del 60% — rehabilitación energética de edificios residenciales

Por obras de rehabilitación energética en edificios de uso predominante residencial que reduzcan ≥30% el consumo de energía primaria no renovable o alcancen clase A/B en el conjunto del edificio. Base máxima: 5.000 € al año, hasta 15.000 € acumulados (el exceso es deducible en los cuatro ejercicios siguientes). Plazo: hasta el 31 de diciembre de 2027.

El certificado de eficiencia energética: antes y después

Las tres deducciones exigen acreditar la mejora con un certificado de eficiencia energética emitido tanto antes como después de las obras:

  • El certificado «antes» debe tener una antigüedad máxima de dos años respecto al inicio de las obras.
  • El certificado «después» se expide al finalizar los trabajos y debe acreditar la reducción de demanda/consumo o la nueva calificación.
  • La deducción se practica en el periodo impositivo en que se expide el certificado posterior, dentro del plazo legal de vigencia.

La subvención recibida resta de la base de la deducción

Las cantidades que hayan sido subvencionadas (o que vayan a serlo) mediante ayudas públicas se excluyen de la base de la deducción. Solo deduces sobre lo que has pagado de tu bolsillo, neto de subvención. Por eso esta calculadora pide el gasto ya descontada la ayuda.

Deducción del IRPF frente a las ayudas y subvenciones

No hay que confundir esta deducción del IRPF con las ayudas o subvenciones a la rehabilitación (fondos Next Generation, Programa PREE, ayudas autonómicas):

  • La deducción del IRPF reduce tu cuota en la declaración de la Renta; la aplicas tú al declarar.
  • La subvención es una ayuda directa que solicitas a la administración; cuando la recibes, su importe se descuenta de la base sobre la que calculas la deducción.

Plazos de vigencia: prórroga para 2026 y 2027

Las deducciones, introducidas por el RD-ley 19/2021, están vigentes en virtud del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE de 21 de marzo de 2026), que las restablece con efectos desde el 1 de enero de 2025 tras la no convalidación de las prórrogas anteriores (RD-ley 16/2025 y RD-ley 2/2026). Los plazos vigentes son:

  • Deducciones del 20% y 40% (viviendas): obras satisfechas hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Deducción del 60% (rehabilitación de edificios): hasta el 31 de diciembre de 2027.

Preguntas frecuentes

¿Puedo aplicar varias deducciones a la vez por las mismas obras?

Una misma cantidad satisfecha no genera derecho a más de una de estas deducciones. Cada actuación se encuadra en el tramo (20%, 40% o 60%) que corresponda según la mejora acreditada por el certificado energético.

¿Las obras en la plaza de garaje o el trastero dan derecho a deducción?

No. No dan derecho las obras en plazas de garaje, trasteros, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas, ni la parte de la vivienda afecta a una actividad económica.

¿Vale para una vivienda alquilada?

Las deducciones del 20% y 40% se aplican a la vivienda habitual o a una vivienda arrendada o en expectativa de alquiler, siempre que se alquile antes del 31 de diciembre de 2027.

¿Cómo se calcula la deducción?

Se aplica el porcentaje del tramo sobre la menor de estas dos cifras: el gasto satisfecho (neto de subvención) o la base máxima del tramo. Esta calculadora hace exactamente ese cálculo.

¿Es esto una asesoría fiscal?

No. Es una estimación orientativa. La deducción definitiva exige el certificado de eficiencia energética registrado y la determina la AEAT; ante dudas, consulta a un profesional cualificado.

¿Vas a hacer obras de mejora energética?

Para aplicar la deducción necesitarás un certificado de eficiencia energética emitido por un técnico antes y después de las obras. Próximamente podrás solicitar aquí presupuestos de empresas de reformas y de certificación energética; de momento, esta función no está disponible.

Fuentes

  • AEAT — Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas (manual práctico IRPF, capítulo 16).
  • Ley 35/2006 del IRPF, Disposición Adicional Quincuagésima (BOE).
  • RD-ley 7/2026, de 20 de marzo (BOE 21-03-2026, BOE-A-2026-6544): vehículo vigente que restablece las deducciones con efectos desde el 1 de enero de 2025. Antecedentes (no convalidados): RD-ley 19/2021 (introducción) · RD-ley 16/2025 · RD-ley 2/2026.

Cifras verificadas en fuentes oficiales el 15 de junio de 2026. La normativa fiscal puede cambiar; comprueba siempre la versión vigente antes de declarar.